HISTORIA Y PRINCIPIOS DOCTRINALES DE LA IGLESIA
La Iglesia Una Santa Universal Apostólica y Misionera “Nuestra Señora del Milagro” nace el 7 de febrero año 2021, en la Ciudad de Bogotá DC Departamento de Cundinamarca, República de Colombia, gracias al llamado que por dirección divina y guiados por el Espíritu Santo reciben tres sacerdotes venezolanos y uno colombiano.
La Iglesia inicia como Cofradía Sacerdotal, quien acoge a jóvenes que habían sido traídos de Venezuela y se encontraban siendo explotados, entonces el Padre Adams Rodríguez junto con los Padres Alfredo Lozano, Javier Yépez y Jairo Moreno que se encontraba en la República del Perú, deciden crear esta iglesia particular de tradición Vétero, siendo los tres formados por S.E.R. Monseñor Luis Alfonso Parra Dávila, fundador de la Iglesia Vétero en Venezuela, siguiendo el legado de S.E.R. Monseñor Gonzalo Jaramillo Hoyos, son acompañados por un grupo de fieles congregados en la localidad de Bosa en la Misión Nuestra Señora del Milagro, la cual estaba cerrada por la carencia de sacerdotes desde el año 2018.
Luego de haber elegido como Primer Obispo a Monseñor Jairo Moreno inicialmente consagrado por los Obispos Sergio Edwards Juárez, José Manuel González y Jhon Freddy Gómez, se elige como Canciller Representante Legal al Padre Adams Rodríguez, como Vicario General al Padre Javier Yépez y como Ecónomo al Padre Alfredo Lozano.
Necesitando el amparo de una personería jurídica especial para realizar la labor pastoral apegados a la ley, el 23 de febrero de 2021, se inicia el proceso de incardinación con la Iglesia Misioneros Véteros de Nuestra Señora de la Alegría en la persona de S.E.R. Monseñor Jaime Solorzano Laverde, quien para la fecha era su Protojerarca y Representante Legal. Luego del acompañamiento y formación recibida de este gran padre y pastor, la Cofradía Sacerdotal es Acogida por la Iglesia Misioneros Véteros de Nuestra Señora de la Alegría el 21 de septiembre de 2021 registrado el acto en Decreto Eclesial 21- 09-2021, por imposición de manos los Señores Obispos delegados por la Iglesia el clero de la Cofradía es subsanado recibiendo así todos la sucesión apostólica heredada de S.E.R. Monseñor Gonzalo Jaramillo Hoyos fundador de la Iglesia.
Con la muerte de S.E.R. Monseñor Jaime Solorzano Laverde, es elegido Monseñor Julio César Acuña Rodríguez perdiendo la iglesia la calidez y el rumbo legado de Monseñor Solorzano, se reúne la Cofradía tal como lo establecen su constitución y reglamentos, se toma la decisión de separarse institucionalmente de la Iglesia Misioneros Véteros de Nuestra Señora de la Alegría el 1 de marzo de 2023, siendo acogidos el 4 de marzo de 2023 por la Iglesia Veterodoxa Cuerpo y Sangre de Cristo según decreto 007 en la persona de su Representante Legal S.E.R. Monseñor Willam Ariza Encizo quien le ofrece amparo y acogida.
En diciembre de 2023 Monseñor Jairo Moreno junto al Padre Javier Yépez y otros sacerdotes se separan de la Cofradía para tomar su propio rumbo, quedando a cargo de la misma el Padre Adams Rodríguez y el Padre Alfredo Lozano, dejando de ser Cofradía Sacerdotal para convertirse en Iglesia Iglesia Una Santa Universal Apostólica Misionera “Nuestra Señora del Milagro” la cual con la Misión Nuestra Señora del Carmen y Nuestra Señora del Milagro de Bogotá DC y Nuestra Señora de la Medalla Milagrosa de Soacha conforman esta iglesia que nace el 16 de enero de 2024 bajo el callado de S.E.R. Monseñor Cristian Roa Celis Primer Obispo Consagrado para Colombia por S.E.R. Monseñor Gonzalo Jaramillo Hoyos el 16 de enero de 2006, constituyéndose ante el Ministerio del Interior Colombiano así el 9 de junio de 2024 hasta los presentes.
- BAUTISMO.
- LA CONFIRMACIÓN.
- LA CONFESIÓN O RECONCILIACIÓN.
- LA EUCARISTÍA O COMUNION.
- LA UNCIÓN DE LOS ENFERMOS.
- LAS ÓRDENES SACERDOTALES DE CASADOS O CÉLIBES.
- EL MATRIMONIO ENTRE HOMBRE Y MUJER
- Apostólico: El Ministerio apostólico desarrolla el establecimiento de iglesias en otros lugares fundamentados en la palabra de Dios y prepara los ministros para su Obra.
- Profético: El Ministerio guía la Iglesia hacia la obra de Dios.
- Evangelístico: Este Ministerio es el encargado de proclamar el Evangelio a los no creyentes.
- Pastoral: El Ministerio Pastoral es el encargado de pastorear al pueblo del Señor instruyéndolo, adoctrinándolo y amonestándolo en la Santa doctrina.
- Maestros: El Ministerio de Maestros se encarga de enseñar a los miembros de la iglesia todo lo relacionada con la santa doctrina y los postulados de fe, basados en la Palabra del señor.
- Siervos: El Ministerio de Siervos es que dirigirá la labor la iglesia a favor de los más desfavorecidos y de los más pobres, a la luz del Evangelio.
- El Episcopado: indica el primer grado del sacramento del orden sagrado, es decir, el de los obispos.
- El Presbiterado: Configura el candidato al Cristo sacerdote y buen pastor. Es capaz de actuar en nombre de Cristo cabeza y administrar el culto divino.
- El Diaconado: Confiere al candidato el orden para el servicio en la Iglesia, a través del culto divino, de la predicación, de la orientación y sobre todo, de la caridad.
- Subdiaconado o Hipodiaconado.
- Acolitado.
- Exorcistado.
- Lectorado.
- Ostiariado.
- Misioneros: son aquellos que, siendo parte de la Iglesia Misioneros Ordenados, Misioneros Religiosos o Misioneros Laicos, realizan su labor, en barrios, veredas, zonas rurales o de selva, conjuntos residenciales abiertos y cerrados, empresas o residencias particulares.
- Monjes/Monjas: se considerará Monjes y Monjas a los consagrados que desarrollan su vida dentro del monasterio de la iglesia, desde una vida de trabajo y oración.
- Asociados/Afiliados: se llamarán asociados o afiliados a aquellos miembros, que reciben el amparo jurídico, canónico y pastoral de la iglesia, quienes, a pesar de gozar de una personalidad, constitución, reglamentos, lideres propios, se someten al Gobierno, asume la identidad y cumple con los estatutos, reglamentos, decretos, circulares de la iglesia, así como, las leyes civiles y de culto de la nación donde se encuentren.
- Cumplir los estatutos y reglamento interno de la iglesia.
- Cumplir con las decisiones emanadas de los organismos representativos de la iglesia.
- Desempeñar diligentemente los cargos o comisiones que la iglesia le confíe en el desarrollo de los fines religiosos de la misma.
- Responder ante la iglesia por sus propios actos.
- Dar aviso a todo cambio de dirección contribuyendo de esta manera al buen funcionamiento y organización de la iglesia.
- Expresar públicamente y por escrito su fidelidad a la Iglesia, a nuestra profesión de fe, a nuestra tradición Cristiana, Universal, Apostólica y Misionera.
- Vivir conforme a la formación espiritual y doctrinal de la Iglesia, de acuerdo con los objetivos de la misma.
- Adherirse libre y voluntariamente aceptando nuestros objetivos.
- Aportar con su trabajo al sostenimiento de la Iglesia, según lo defina el Consejo Económico.
- Promover ante el Consejo de Pastoral: ideas, proyectos y programas que le sirvan a nuestra Iglesia para su desarrollo espiritual y pastoral.
- Cumplir con los horarios de la Divina Liturgia, alabanza y oración, educación, trabajo y demás labores asignadas.
- Acatar, obedecer y respetar a sus superiores.
- Difundir y predicar el Santo Evangelio de Nuestro Señor Jesucristo.
- Concurrir puntualmente a las reuniones generales, así como, de todos los consejos, decanatos o comités de los que forman parte.
- Presentar por escrito las inquietudes de reforma de los presentes estatutos, ante el Consejo de Pastoral, para su estudio y posterior aprobación, siempre y cuando que estas propuestas mejoren el virtual desempeño espiritual y administrativo de la Iglesia.
- Promulgar o predicar una doctrina diferente a la establecida en las sagradas escrituras, incurriendo de esta manera en apostasía.
- Utilizar el nombre de la iglesia para fines y beneficios personales o de terceros.
- Incurrir en irrespeto y falta de sujeción a los órganos representativos de la iglesia.
- Incurrir en forma reiterada y sin dar muestras de cambio alguno en división, chismes y contiendas dentro y fuera de la iglesia.
- Utilizar los bienes muebles de propiedad de la iglesia, para uso y beneficios personales y de terceros.
- Incumplir o no someterse a las disposiciones consagradas en los estatutos y reglamento interno de la iglesia.
- Incumplir o no acatar las decisiones del Consejo Superior Eclesiástico o Consejo de Pastoral y demás órganos a quienes se les haya delegado alguna función en el desarrollo de los fines religiosos de la iglesia.
- Celebrar actos litúrgicos o sacramentos con miembros de otra iglesia o denominación que no gocen de inter-comunión plena con la Iglesia, sin autorización del Consejo Superior Eclesiástico.
- Celebración de matrimonio sacramental a personas del mismo sexo, sacramentos a animales o personas que profesen una fe contraria a la nuestra.
El lapso mínimo para la admisión al proceso de formación de un Religioso será luego de 6 meses de acompañamiento vocacional, donde se trabajará en torno a nuestra realidad como iglesia no adscrita a la Curia Romana, sino de tradición Antigua Católica o Veterocatólica y la misión pastoral de la iglesia. Se responsabiliza al Secretario de Promoción Vocacional y Educación registrar el seguimiento al aspirante. El proceso constará de tres pasos luego de la admisión:
- Propedéutico: tendrá una duración de 6 meses, si el candidato demuestra su idoneidad, recibe el lectorado.
- Subdiaconado: con el debido acompañamiento formativo y vocacional en el transcurso de 2 años el admitido recibe la formación en filosofía e iniciación a la teología, mostrando su idoneidad se le confiere el subdiaconado.
- Diaconado transitorio: luego de haber cumplido 3 años formándose en teología y ejerciendo fielmente el ministerio del subdiaconado, aunado a un proceso de discernimiento, meditación y contemplación eucarística, contando con la valoración del Rector y/o tutor se considerará al subdiácono para que continúe su proceso formativo y viva el año de discernimiento como Diácono (durante estos procesos el elegido continuará los estudios de teología), posteriormente será evaluado para discernir junto a él si debe continuar el proceso de formación por 1 año más o reciba el Presbiterado el cual estará obligado a ejercer por lo menos 5 años con la Iglesia, de lo contrario esta acción se evaluará como un acto de desobediencia y falta a la promesa de obediencia a su Obispo, teniendo como causa la dimisión al ESTADO LAICAL.
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